Se autoriza en 2015 la apertura de establecimientos comerciales en los siguientes domingos o festivos:
– 4 de enero
– 11 de enero
– 2 de abril
– 28 de junio
– 5 de julio
– 2 de noviembre
– 6 de diciembre
– 13 de diciembre
– 20 de diciembre
– 27 de diciembre
La apertura en estas fechas, se entenderá limitada por lo que disponga la normativa en otras materias, particularmente en la laboral.